INFORMACION DE INTERES
La Corporación Autónoma Regional de la Frontera Nororiental – CORPONOR dentro de los últimos 15 años ha venido trabajando en la salvaguarda de los páramos, en especial el de Santurban que es la fuente abastecedora de agua para Cúcuta y su área metropolitana.
La Planificación (1997-1999): CORPONOR, elabora el Plan de Gestión Ambiental Regional
(PGAR) para orientar y articular los demás instrumentos de Planificación del desarrollo regional y desde el PGAR se determina la Zonificación Ambiental Territorial, en donde se determinan las Áreas de Especial Significancia ambiental y en ellas el ecosistema del complejo de páramos de Santurbán se determina como un territorio para la conservación y en el que el uso del suelo prohíbe allí la minería. En este mismo período, en el año 1997, se promulga la Ley 388 o Ley de Ordenamiento Territorial, que demanda de los municipios la definición legal del uso y la Ocupación de sus territorios.
La Aplicación Legal de lo Planificado (1999-2002): CORPONOR, en cumplimiento del Artículo 10 de la Ley 388 de 1997, emite mediante la Resolución 0326 de junio de 1999, las determinantes ambientales, para ser considerada por los 40 municipios en la elaboración de sus Planes de Ordenamiento Territorial. Así, CORPONOR determina y mapifica las “Áreas de Especial Significancia Ambiental”, y dentro de ellas están contenidas las zonas que conforman los páramos de Santurbán, de manera que los municipios, en cumplimiento del Artículo 10 de la Ley 388, las incorporaron en las Zonificaciones de Uso y ocupación de sus territorios, en desarrollo de sus Planes de Ordenamiento Territorial. Con la aplicación de las Determinantes Ambientales, los 8 Municipios que conforman el área de Santurbán, en el Norte de Santander, definen, mapifican y establecen para Santurbán el carácter de áreas protectoras en donde el uso principal es la conservación y dentro de los usos prohibidos está la minería.
Las Declaratorias (2002-2008): Para reforzar los acuerdos legales de los Municipios, frente a la conservación, CORPONOR, adelanta los estudios y demás requerimientos que demanda la declaratoria legal de las áreas protegidas y fruto de este trabajo, sobre el territorio de Santurbán declara en el año 2007, cerca de 44 mil has que conforman el Distrito de Manejo Integrado del Páramo de Berlín y en junio de 2008 declara 12 mil has que conforman el Parque Natural Regional de Sisavita, actuación que le merece en el año 2009, el Premio Planeta Azul que se entrega por acciones sobresalientes para la conservación del agua, como quiera que el mismo imposibilita el desarrollo de la explotación minera de oro que ya tenía en etapa de exploración la compañía Grey Star. Además, complementariamente se adelantan las acciones e inversiones para ampliar el Parque de Sisavita en más de 50 mil haz lo que dará origen al nuevo Parque Natural Regional propuesto de Santurbán-Sisavita con una extensión protegida cercana a las 70 mil has. que protegería además de los ecosistemas de páramos, los bosque altos andinos contiguos a Santurbán. Así estaríamos blindando la totalidad de Santurbán, no sólo a la actividad minera sino a otras intervenciones que puedan poner en riesgo el territorio más estratégico para la oferta de agua que demanda la cuenca del Río Zulia y cerca de los 700 mil habitantes que desarrollan sus procesos productivos, incluida Cúcuta y su Área Metropolitana.
La Exclusión Minera (2008-2011): Estamos tranquilos, pero seguimos trabajando y por ello CORPONOR, aprueba mediante el acuerdo 037 de diciembre de 2009, el Estudio del Estado Actual y el Plan de Manejo Ambiental del Páramo de Santurbán y allí delimita a partir de los 2.800 m.s.n.m., las 105 mil has que conformarían Santurbán y refrenda nuevamente la prohibición del uso minero. Con lo anterior, en el año 2010 se convoca al MAVDT, a INGEOMINAS, a la Secretaria de Minas del Departamento, al Procurador para Asuntos Ambientales y Agrarios de Norte de Santander y se presentan los sustentos técnicos, legales y de gestión que CORPONOR ha realizado para prohibir la minería en sus ecosistemas más estratégicos y se determina crear una comisión conjunta y permanente para trabajar el tema, a cual no se ha podido consolidar. No obstante, CORPONOR elabora un documento técnico para darle cumplimento al artículo 34 del código de minas y definir las áreas excluible de la minería para el Departamento, entre las que están los páramos de Santurbán, y lo remite en septiembre de 2010 al Ministerio de Minas para el concepto previo no vinculante de que habla la norma, y hasta la fecha no hemos obtenido respuesta.
Implicaciones de Hacer Daño al Paramo..........
Si se explota el oro y la plata a gran escala y a “cielo abierto”, como lo pretende la transnacional canadiense Greystar, esos recursos hídricos y todos los demás elementos bióticos del páramo resultarían seriamente afectados y en grave peligro de extinguirse en detrimento, por supuesto, de todos los que somos beneficiarios de los mismos. Si se excluye de ese ecosistema todo tipo de actividad minera (y cualquier otra actividad humana que lesione el páramo como la agricultura y la ganadería) la gran fábrica de agua podrá conservarse a perpetuidad. Obviamente, nunca se captarán los recursos económicos derivados de las regalías ni se ocuparán centenares de brazos actualmente cesantes.
Modifica la topografía y el paisaje.
Altera el carácter físico, físico-químico y químico en el suelo y subsuelo.
Ocasiona infertilidad o permite el paso de contaminantes a través del agua, dada la remoción superficial del suelo y la de los materiales de cobertura.
Genera taludes que modifican ostensiblemente las formas y las pendientes naturales de las laderas por donde discurren cauces menores.
Cambia el comportamiento mecánico del suelo y evita la formación y acumulación de materia orgánica y el intercambio de gases con la atmósfera.
Produce contaminantes gaseosos, líquidos y sólidos que de forma directa o indirecta recibirá el suelo.
Usa hidrocarburos en grandes cantidades (se estima que serán más de 63 millones de litros de ACPM al año).
Altera la capacidad de regulación hídrica y produce pérdida irreversible de la función del soporte físico de ecosistemas.
Disminuye caudales y altera el sistema de drenaje natural.
Altera el nivel freático y de los ciclos hidrológicos.
Desvía e interrumpe caudales por disposición de estériles.
Afecta los hábitats naturales de la fauna y la flora.
Afecta la dinámica de las cadenas tróficas.
Usa tecnologías de las cuales en el país no existe mayor información sobre sus impactos y sus riesgos inmediatos y futuros.
ECONOMICAS.
Las empresas transnacionales no son propiedad pública ni del pueblo, no hay duda que hay un grupo de personas o persona propietario de estas empresas, con intereses personales y propios, que se caracterizan por la ambición y por acumular el mayor número de utilidades
AMBIENTALES.
El cambio climático es una realidad
La extracción de metales preciosos necesariamente ocasiona contaminación de las aguas subterráneas con elementos químicos de alta toxicidad, como el cianuro, que se utilizará a razón de 40.000 kilos por día.
Quedará el futuro embalse de Piedras Blancas, que abastecerá al área metropolitana de Bucaramanga a partir del año 2030
Este importante ecosistema está amenazado de manera significativa por la expansión de las actividades agrícolas y ganaderas tradicionales y por el incremento de la minería aurífera.
Se pretende proteger alturas desde los 2.200 hasta los 4.100 metros sobre el nivel del mar, incluyendo bosque andino hasta páramo seco, lo cual permitirá conservar especies con amplio rango de acción dentro de este ecosistema para su supervivencia
En aves se han registrado 18 familias, 40 géneros y 43 especies, de las cuales ocho presentan algún grado de amenaza, según el Libro Rojo de Aves de Colombia. En mamíferos se encuentran cuatro especies con algún grado de amenaza.
SOCIALES
Habitualmente la minería llega a un lugar con su promesa de riqueza y empleo, pero la evidencia demuestra que viene acompañada de altos costos sociales. Rara vez se asocia el tema con la violación de derechos humanos y menos aún con el agravamiento de la pobreza y la inequidad social, pero detrás de ella también se esconden graves riesgos sociales:
La presión migratoria.
La apropiación de las tierras de las comunidades locales.
Los impactos en la salud.
La alteración de las relaciones sociales.
El cambio en el uso de suelo.
La destrucción de las formas de sustento y de vida de las comunidades.
La desintegración social.
Los cambios radicales y abruptos en las culturas regionales.
El desplazamiento de otras actividades económicas locales actuales y/o futuras.
Las condiciones laborales, generalmente de alto riesgo.
La afectación a las organizaciones sociales y comunitarias.
El posible incremento de conflictos.
Y los cambios en las relaciones productivas.
La gran minería supone la sustitución de las economías de subsistencia que han alimentado a generaciones enteras, por una economía basada en el dinero en efectivo. Pero esto poco preocupa a dichas comunidades, como es el caso de California y Vetas, en Santurbán, que defienden el proyecto y tienen puestas todas sus expectativas en su desarrollo. Difícilmente puede hablarse de consentimiento genuino, con información previa y suficiente, ya que no tienen ni la oportunidad y ¿por qué no decirlo? tampoco interés en medir las consecuencias sociales.
Los Paramos
Los páramos son ecosistemas terrestres que se ubican por encima de los 2.900 msnm con características propias de altiplanicies húmedas, de abundante vegetación y sitio de nacimiento de un significante numero de vertientes hídricas El páramo de Santurban ubicado en los departamentos de Santander y Norte de Santander, es el punto de obtención de agua para suministro, uso y consumo de los habitantes en el área metropolitana de Bucaramanga y demás municipios de la región. Actualmente, la empresa multinacional canadiense Greystar Resource Ltda está solicitando al ministerio del ambiente (Gobierno Nacional), una licencia ambiental, para realizar procesos de exploración y explotación que conduzcan a la extracción de nuestros recursos minerales como oro y plata en este primordial paramo, llevando a cabo el ambicioso proyecto de explotación minera a cielo abierto.
Los páramos son ecosistemas presentes sólo en Colombia, Ecuador, Perú, Venezuela, Costa Rica y en menor medida en Panamá. El 49% de los páramos del planeta se encuentran en Colombia. Su superficie asciende a algo menos de 2 millones de hectáreas o al 1,7 por ciento de la extensión total del país; su producción hídrica sólo equivale al 2 por ciento y sin embargo, aportan agua para el 70 por ciento de la población colombiana ubicada en las zonas andina y de los valles interandinos.
Fundamentales como reguladores de agua en escalas regionales y macroregionales, los páramos están configurados geomorfológicamente para ser receptores de agua y principales zonas de recarga de acuíferos.
El Páramo de Santurbán es detentador de dos importantes riquezas, en sus más de sesenta mil hectáreas abundan el oro, la plata y otros minerales de alta estima y de gran valor comercial, cuya explotación sin duda alguna reportaría –por concepto de regalías y oportunidades de trabajo- beneficios económicos para la región. Por otra parte, es un valioso ecosistema donde existen más de cuarenta lagunas, centenares de riachuelos, variada y abundante vegetación captadora y retenedora del vital líquido; es decir, se trata ni más ni menos que de una verdadera y gran fábrica de agua de la cual nos beneficiamos todos los seres vivos de este Gran Santander y de otras regiones del país.
Ultimas Noticias sobre el Paramo
Ganaron la politiquería, el oportunismo, los extremismos y la desinformación. Perdieron, entre otros, miles de madres y padres desempleados, y centenares de miles de niños, muchos por nacer, que continuarán encontrando las puertas cerradas. Mientras tanto, los ganadores celebran desde sus columnas de prensa, clubes, tertulias, directorios políticos y cocteles.
Todo comenzó cuando el Dr. Juan Lozano, otrora ministro de Medio Ambiente, desde entonces buscando votos, incluyó en el Código de Minas una prohibición a la minería en los páramos. Promovió, convenientemente, el argumento infundado de que los páramos son ecosistemas más “importantes” que, por ejemplo, las sabanas tropicales o los bosques andinos; y que la minería inevitablemente causa desastres ambientales. Sobre esas dos premisas falsas se basa la legislación que prohíbe la minería en los páramos.
Ante la carencia de argumentos técnicos y económicos para defender sus preferencias, funcionarios y “grupos de interés” con desproporcionada influencia han optado por plagar la legislación ambiental de prohibiciones, restricciones y requisitos innecesarios. Al hacerlo, la han plagado de inequidad. Han logrado convertir sus preferencias en ley a costa de los derechos de los más pobres. El capítulo de las injusticias causadas por esas normas aún está por abrirse. Cuando se abra se verá como ellas han condenado a la pobreza a millones de colombianos.
Al convertir sus preferencias en ley, esos funcionarios y “grupos de interés” lograron poner las definiciones sobre la viabilidad ambiental de los proyectos en manos de abogados y jueces. Así no tienen que presentar los argumentos técnicos y económicos de que frecuentemente carecen. O peor aún, las pusieron en manos de funcionarios que, como el ministro de Minas, “argumentó” que el proyecto no se podía hacer porque estaba “prohibido por la ley”. El ministro no se tomó el trabajo de cuestionarse si esa prohibición, por razones técnicas, económicas o de equidad social, ameritaba ser derogada.
A la inequidad de la legislación que prohíbe la minería en unos ecosistemas y que la permite en otros y a la insólita argumentación del ministro de Minas, se sumó la promoción del argumento falso de que la minería del oro inevitablemente acabaría y contaminaría las aguas y destruiría el páramo. La desinformación sirvió para engañar y atemorizar a miles de ciudadanos y para alinearlos con los objetivos de políticos en campaña, funcionarios y “grupos de interés” con influencias, líderes gremiales con agenda propia y los de otras fuerzas menos claras. Y, para mantener una tradición muy colombiana, los costos, insisto, los pagarán los más pobres. Los que no han tenido voz en este proceso y que siguen sin tenerla. Ellos y ellas están acumulando hoy una frustración más. Mientras tanto, otros celebran. Finalmente, y para completar el círculo, vale la pena anotar que la empresa Greystar tampoco estuvo a la altura del reto que enfrentaba.
Publicado por el Espectador el 24 de Marzo de 2011.
Ubicacion Paramo de Santurban
Se encuentra localizado entre las coordenadas planas 1.123.540 m. y 1.148.473 m. Este y 1.269.000 m. y 1.301.000 m. Norte. Las 44.272 has. Que conforman el DMI Páramo de Berlín, se distribuyen según la jurisdicción política administrativa de la siguiente forma:
Departamento de Santander: Municipio de Tona con 14.860 has., equivalentes al 33,57 % del DMI. Departamento Norte de Santander: Municipio de Silos con 27.480 has. (62,07 %) y Municipio de Mutiscua con 1.932 has. (4,36 %) para una representación total de 66,43 %. La población asentada en el área alcanza los 8.920 hab., distribuidos en 4.128 hab. en áreas urbanas y 4.792 hab. en áreas rurales.
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